FAL: se prorrogó su entrada en vigencia al 1° de diciembre de 2026

El Gobierno Nacional oficializó, mediante el Decreto 1228/2026 publicado en el Boletín Oficial, una nueva prórroga para la entrada en vigencia del régimen de Fondos de Asistencia Laboral (FAL). La implementación, que estaba prevista para el 1° de noviembre, comenzará finalmente el 1° de diciembre de 2026.

La norma también introduce una modificación relevante en el período de carencia previsto para la utilización de los recursos del Fondo. El plazo mínimo se amplía de seis a doce períodos mensuales completos y consecutivos.

De acuerdo con el Decreto, este período comenzará a computarse desde el mes calendario en el que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) registre la efectiva integración de la primera contribución del empleador al Fondo de Asistencia Laboral.

Consulta el Drecreto aquí: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/349294/20261020

Los principales cambios

La actualización normativa establece dos modificaciones centrales para empleadores y empresas alcanzadas por el régimen:

  • La entrada en vigencia del FAL se prorroga al 1° de diciembre de 2026.
  • El período mínimo de carencia se amplía de 6 a 12 períodos mensuales completos y consecutivos.

La medida busca otorgar un plazo adicional para completar los procesos operativos, tecnológicos y administrativos necesarios para la implementación del nuevo sistema. El propio Decreto señala que la puesta en funcionamiento del régimen requiere la articulación de organismos públicos, entidades del mercado de capitales y distintos proveedores de servicios.

CADECOM continúa acompañando a sus socios

Desde CADECOM seguimos de cerca la evolución normativa y operativa de los Fondos de Asistencia Laboral, con el objetivo de acercar a nuestros socios información actualizada y herramientas que permitan comprender los cambios y su impacto en la gestión cotidiana de los concesionarios.

Recientemente, la Cámara llevó adelante el webinar “Fondos de Asistencia Laboral (FAL): claves para entender su alcance e implementación”, junto al estudio Lisicki, Litvin & Abelovich, como parte de las acciones de capacitación y actualización destinadas al sector.

Ante esta nueva modificación, continuaremos comunicando las novedades que puedan resultar relevantes para los concesionarios y empresas vinculadas a la actividad.

Fuente: Decreto 1228/2026, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el 20 de octubre de 2026.