En el día de la fecha la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de Resolución General 5548/2024 , prorrogó el plazo para realizar la presentación y pago de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales y cedular del período fiscal 2023 de las personas humanas y sucesiones indivisas.
La norma estableció un plazo especial y excepcional para el pago del saldo del gravamen correspondientes. A continuación, el detalle:
| Terminación CUIT | Fecha de presentación | Fecha de pago |
| 0, 1, 2 y 3 | 18/09/2024, inclusive | 19/09/2024, inclusive |
| 4, 5 y 6 | 19/09/2024, inclusive | 20/09/2024, inclusive |
| 7, 8 y 9 | 20/09/2024, inclusive | 23/09/2024, inclusive |
Además, dispone un ingreso especial de un importe a cuenta con vencimiento en el mes de agosto según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente y/o responsable:
| Terminación CUIT | Fecha de pago |
| 0, 1, 2 y 3 | 26/08/2024, inclusive |
| 4, 5 y 6 | 27/08/2024, inclusive |
| 7, 8 y 9 | 28/08/2024, inclusive |
Cabe señalar que, mediante una nota enviada el pasado 7 de julio a la titular de la AFIP, Dra. Florencia Misrahi, la CAC había solicitado la prórroga del vencimiento para los tributos mencionados.












